PARTICIPANTES:
GRISELDA VALDERRAMA
ARQUIMEDES AIZPURUA
NORA NIETO
LEY N⁰29 DEL 13 DE JUNIO 2002
GARANTIZA LA SALUD Y EDUCACIÓN DE LA ADOLESCENTE EMBARAZADA
Esta ley se aplica a toda menor
de edad que este en estado de gestación, y garantiza la permanencia en la
institución educativa donde curse estudios. Asimismo debe ser informada por
medio de las instituciones de salud que la atiendan sobre las disposiciones
legales que le otorgan protección y derechos al igual que a sus padres o
tutores que la acompañen.
Si existe delito se remitirá al
MINISTERIO PUBLICO
El estado tiene la obligación de
otorgarle a la menor embarazada atención de salud integral, evaluación ,
orientación social, orientación
psicológica e información legal,
durante el embarazo, parto y puerperio.
El Ministerio de Educación asignará
a un profesor o profesora para que sea responsable de la supervisión del
avance académico del menor que embaraza o menor embarazada.
Por otro lado el Ministerio de
Educación deberá capacitar al personal docente y alumnado del plantel sobre
educación sexual con la finalidad evitar actitudes de rechazo y discriminación.
Si la menor embarazada es
beneficiaria de SS deberá ser atendida
en su control, parto, atención psicológica y social , si no es beneficiaria el
SS y el Ministerio de Salud incluirá en los convenios de compensación de costos
, los casos que se den y debe brindarle
atención gratuita de manera integral .
Ningún servidor público puede
negarse a brindar los beneficios de la
ley de la adolescente embarazada y será
sancionado por la ley con multas y hasta suspensión de acuerdo a la falta.
El Ministerio de la Juventud , la Mujer, la Niñez y la Familia
deberá coordinar y evaluar junto con otras instituciones como Ministerio de
Educación , de salud y la Caja de Seguro Social .
TRATA DE LAS FUNCIONES DE LOS
DIRECTORES GENERALES DE EDUCACION Y DE
LAS FUNCIONES DE LOS DIRECTORES DE
PRIMARIA , SECUNDARIA Y PARTICULAR
Los directores de educación
primaria y educación secundaria serán los jefes inmediatos de los inspectores
visitadores y los inspectores provinciales, y los supervisores y serán el órgano de comunicación entre estos y el
Meduca
Deben supervisar la labor escolar en todos sus aspectos
Estos directores deberán:
Visitar de manera sistemática y planeada los planteles de enseñanza
Estudiaran los problemas del
plantel en conjunto con los miembros del personal directivo y docente
Evaluar los resultados de la labor escolar
En su artículo octavo nombra las funciones de comunes tales como:
Organizar el funcionamiento de las escuelas
Promover el estudio de las causas de los fracasos de los planteles y sugerir las medidas para la solución de estos
Colaborar con la Dirección General
en la elaboración de normas para
elaborar un proceso de evaluación de los
alumnos y del personal a su cargo
Apreciar al final de cada año
lectivo la labor realizada por sus respectivas secciones
Celebrar conferencias periódico
con el personal de la sección a
su cargo tanto de carácter técnico como administrativo
Colaborar en la preparación del presupuesto
Cooperar con decretos reglamentarios
de la ley orgánica
Mantener informado al director general
de educación acerca de todos los asuntos que le corresponde saber
Colaborar con la dirección general
de educación en la revisión y preparación de los planes de estudio
Estimular el mejoramiento de las prácticas de enseñanza utilizadas en
las escuelas
Rendir anualmente al director general de educación informe sobre la labor de sus respectivas
secciones
ARTICULO VEINTISIETE
A los directores de la escuela
secundaria le corresponde:
Realizar un buen trabajo en el plantel que dirige
Estimular a los profesores en el
cumplimiento de sus planes de estudios
Visitar las clases y colaborar
con los profesores que la dirigen
Rendir al final de cada año un
informe escrito de la labor del personal docente administrativo y de aseo
Asumir el manejo e inversión de los fondos
de matricula y procurar que los
fo0ndos de bienestar estudiantil sea bien invertido y enviar un
informe semestral al ministerio
sobre la inversión de dichos fondos
Enviar al ministerio de educación
los informes de inicio y cesación de las
labores del personal bajo su dependencia , lista de matricula, asistencia de
los alumnos, cuadro de asistencia de los profesores y otros.
Convocar dentro de los ocho
días de labores el primer consejo de
profesores del año
Presentar antes del comienzo del
periodo escolar un proyecto de organización del plantel
Corregir las faltas que se
cometen y aplicar las sanciones
correspondiente
Interesarse por el aseo y
mantenimiento de la escuela
Fomentar el acercamiento entre los padres de familia y
los profesores
Estimular las actividades
extra-programaticas educativas
Designar los profesores que serán
los consejeros de los alumnos y estimularlos y guiarlos para que cumplan
debidamente sus funciones.
DECRETO 810
Trata sobre la distribución
del año escolar, la inscripción de los estudiantes, la etapa prescolar,
primaria premedia y media; habla también de la recuperación de las asignaturas
reprobadas en premedia y media y de las
ausencias y tardanzas.
El año escolar se dividirá en
tres periodos los cuales se denominaran en trimestres.
En el calendario escolar anual se
establecerá las fechas para que los
centros educativos organicen el proceso educativo del año
Los estudiantes de la escuela
particular y oficial serán inscritos por
los padres o madres o adulto responsable
que será denominado acudiente.
Para inscribir a los alumnos por
primera vez el acudiente deberá llenar
el documento de inscripción ,certificado de nacimiento y dos fotos
Podrán ingresar a prescolar los
niños de 4 a 5 años de edad , de no ser así,
podrán entrar a primer grado de primaria y someterse al periodo de apresto y pueden ingresar a primaria los estudiantes
que cumplan con seis años y el acudiente deberá presentar el rendimiento
prescolar y de no ser asi el certificado de nacimiento
La evaluación de la etapa
prescolar será cualitativa, continua e integrara diferentes áreas, el maestro
debe presentar una explicación de los logros o dificultades que observa y será trimestral en un documento denominado evaluación de
desarrollo .
En primaria las calificaciones
obtenidas por los estudiantes serán registrados por el docente que le imparte
clases en el registro de calificaciones,
los estudiantes y sus padres tendrán derecho a conocer sus notas .La calificación será de uno a cinco para las etapas de primaria, premedia
y media y la dirección deberá conocer el
centro educativo.
Es muy importante recordar que
las faltas disciplinarias en las que incurra el estudiante no se tomaran en
cuenta para calificar su aprovechamiento académico, no obstante serán
consideradas para evaluar los aspectos de hábitos y actitudes.
En la etapa de primaria la
promoción se hará por grados y el promedio mínimo será de( tres)
En la etapa premedia y en la
etapa media la calificación trimestral y
final será por asignatura.
El promedio mínimo para que los
estudiantes sea promovido será de tres.
La calificación trimestral de cada asignatura se obtendrá de la suma
de los siguientes aspectos:
Un tercio para las pruebas, lecturas, investigaciones etc,
Un tercio para las pruebas trimestrales
Un tercio para las actividades de apreciación
Debemos tener presente que los estudiantes no deberán presentar mas de
dos exámenes por día.
Cuando un
estudiante repruebe cuatro o mas asignaturas no serán promovidos para el próximo año escolar .
RECUPERACIÓN DE
ASIGNATURAS REPROBADAS EN PREMEDIA Y MEDIA
Se crea el PRAE para la recuperación de las asignaturas reprobadas por
los estudiantes, el estudiante que no asista deberá cursar las asignaturas
reprobadas durante el año siguiente.
Los estudiantes de noveno y duodécimo grado que reprueben hasta tres materias podrán
realizar una prueba o proyecto para recuperar después del acto de graduación,
de no aprobar deberá participar en el proceso de recuperación durante las
vacaciones.
La jornada de recuperación durara tres semanas, el Ministerio de
Educación escogerá a los docentes que
atenderán a los estudiantes en la jornada de recuperación, los cuales serán 30
por grupo y deberán asistir debidamente uniformados.
El estudiante que apruebe el proceso de recuperación podrá pasar al
próximo año de no ser así, deberá cursarla durante el año escolar de la
siguiente manera: En el turno contrario o por módulos.
AUSENCIAS Y TARDANZAS
Las ausencias y tardanzas se clasifican en justificadas e injustificadas, se
consideran justificadas aquellas justificadas por el acudiente y por la dirección
del plantel.
Cuando un estudiante se ausente el 50% o mas de clases no tendrá
derecho a calificación.
El docente podrá asignarle al estudiante trabajos para realizar en
casa , para completar el mínimo de calificaciones que necesite para tener derecho a la calificación trimestral con previa
autorización de la Dirección del Centro Educativo.
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